Skip to content

Ruido Laboral y sus Efectos a la Salud

Rilsa Consultores

En México la frecuencia de la sordera traumática fue de 19,286 casos registrados durante el periodo de 1982 a 1996, y en 1996 estas enfermedades representaron 49.9% del total de las enfermedades ocupacionales registradas.1

El reconocimiento del ruido como un peligro para la salud es reciente y sus efectos han pasado a ser considerados un problema sanitario cada vez más importante, algunos efectos que podemos destacar:

  • Pérdida de la capacidad auditiva;
  • Acufenos (sensación de zumbido en los oídos);
  • Interferencia en la comunicación;
  • Malestar, estrés, nerviosismo;
  • Transtornos del aparato digestivo;
  • Efectos cardiovasculares;
  • Disminución del rendimiento laboral;
  • Incremento de accidentes;
  • Cambios en el comportamiento social;

Por lo general, la pérdida auditiva como consecuencia del trabajo es provocada por una exposición prolongada a ruidos intensos. Normalmente, este fenómeno se produce en ambos oídos. La pérdida de audición provocada por el ruido es irreversible.

El ruido según la norma mexicana NMX-AA-040-1976, lo define como: sonido indeseable, considerando que su indeseable está en función de la experiencia adquirida por el ser humano; el ruido se mide en decibelios (dB), y estos representan una escala logarítmica es por ello que un pequeño incremento en decibelios representa un gran incremento de energía sonora. Técnicamente, un incremento de tan sólo 3dB representa multiplicar por dos la energía sonora y un incremento de 10 dB representa multiplicarla por 10.

Dentro de esta norma también se clasifica al ruido en 13 tipos, los cuales están mencionados en la figura 1, si deseas conocer la norma NMX-AA-040-1976.

La clasificación de los ruidos se efectúa de acuerdo con las características de distribución de la energía acústica respecto al tiempo y de acuerdo con la distribución de las componentes simples de dicha energía.

El deterioro auditivo inducido por ruido es muy común, pero a menudo se subestima porque no provoca efectos visibles ni, en la mayoría de los casos, dolor alguno. Sólo se produce una pérdida de comunicación gradual y progresiva, estas pérdidas pueden ser tan graduales que pasan inadvertidas hasta que el deterioro resulta incapacitante.

Normatividad:

A nivel laboral, existe una norma oficial mexicana NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido establece límites máximos permisibles de exposición de los trabajadores a ruido estable, inestable o impulsivo durante el ejercicio de sus labores, en una jornada laboral de 8 horas, establece los siguientes Límites Máximos Permisibles (LMP):

La tabla 1, es  un referente para poder determinar qué cantidad de tiempo un trabajador puede estar expuesto a un nivel de ruido, para ello la norma establece que se deben generar las siguientes actividades:

  • Reconocimiento: en este se detectan las fuentes emisora de ruido y al personal que está expuesto, así como las áreas susceptibles de evaluación y el tipo de ruido que se tiene en el centro de trabajo.
  • Evaluación: se emplea el método elegido de acuerdo con el tipo de ruido y el tipo de medición, ya sea ambiental o personal y se obtiene el Nivel de exposición a ruido (NER), el cual va a ser comparado con los límites establecidos.
  • Control: en caso de rebasar los límites permisibles, se deberán desarrollar e implementar medidas de control conforme al capítulo 8 de la Norma.

En materia ambiental se creó una norma oficial mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, que se encarga de regular el impacto que causa al entorno el ruido, en esta norma se establecen límites máximos permisibles para las fuentes fijas y su método de medición, se establecen límites máximos permisibles para estas fuentes las cuales describimos en la tabla 2.

Medidas preventivas a implementar en centros de trabajo con niveles de ruido elevado.

  1. Realiza el reconocimiento de los niveles de ruido presentes en tu centro de trabajo, es importante que el laboratorio que contrates cuente con acreditación ante la EMA, STPS o SEMARNAT según aplique.
  2. Una vez reconocido el ruido evalúa si se requiere una adecuación de ingeniería en el proceso productivo, aquí es importante que contemples: factibilidad económica, factibilidad operativa, las dimensiones del centro de trabajo para la instalación, los costos asociados a mantenimiento y refacciones.
  3. En caso de que con la medida anterior no sea factible, debemos implementar medidas administrativas de control, es decir: políticas y procedimientos para el desarrollo de los trabajos por parte del personal.
  4. Uso de Equipo de Protección Persona, este debe ser acorde al nivel de ruido que se genere en el centro de trabajo, características físicas del trabajador y este debe recibir una capacitación eficaz sobre: el uso, resguardo, cuidado y destrucción del equipo de seguridad.
  5. Una vez implementadas cualquier adecuación, se debe realizar nuevamente las evaluaciones correspondientes para determinar en que grado se ha podido controlar el ruido en el centro de trabajo y con ello tener una comparativa sobre los niveles antes de las medidas implementadas y posteriores a la ejecución de estas, para determinar el % de efectividad que generaron.

El ruido está presente en la mayoría de nuestras actividades antropogénicas (uso de transporte, fabricación de productos, uso de máquinas y herramientas, etc.) es por ello que al ser un factor tan predominante en nuestra vida, se debe tener cuidado sobre los posibles daños que podría ocasionar a nuestra salud y de nuestros trabajadores, los daños que ocasiona son en muchos casos irreparables y esto implica un mayor compromiso por parte de las empresas para su vigilancia.

Si deseas realizar tu estudio de ruido ya sea ambiental o laboral, nuestro laboratorio cuenta con acreditaciones ante EMA, STPS y SEMARNAT.

Contáctanos y menciona el siguiente código: EVAL-RUIDO-2019 para obtener un precio preferencial en tu evaluación.

Además al contratar tu evaluación te esteremos entregando un tríptico para difusión entre tus trabajadores con información sobre los daños que ocasiona el ruido a su salud.

Referencias:

1. Instituto Mexicano del Seguro Social. Memorias Estadísticas 1982-1996. IMSS, México.
2. Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, Los efectos del ruido en el trabajo, ISSN 1681-2085